julio 27, 2024

Fulminan decretazo de Obrador: Gran revés de la Suprema Corte de Justicia

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Acaba de declarar la invalidez del decreto presidencial por el que se clasificó a las obras prioritarias del Gobierno de México como un asunto de seguridad nacional.

CD DE MÉXICO, MEX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de declarar la invalidez del decreto presidencial por el que se clasificó a las obras prioritarias del Gobierno de México como un asunto de seguridad nacional.

El 22 de noviembre de 2021, el presidente López Obrador emitió el denominado “decretazo” para blindar la información de sus obras insignia y reservarla con base en la Ley Federal de Transparencia, en respuesta a un reportaje que publicó Latinus el 18 de noviembre de ese año.

En Loret Capítulo 63 se dio a conocer que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) había otorgado 966 contratos a empresas fantasma, a compañías acusadas de desvío y hasta una tlapalería se convirtió en el principal contratista del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles. Esa información fue proporcionada por la Sedena vía transparencia.

Al resolver la controversia constitucional 217/2021, el ministro ponente José Luis González Alcántara Carrancá argumentó que el acuerdo emitido por López Obrador permitió a las dependencias gubernamentales reservar la información sin fundar ni motivar la clasificación, además de crear un régimen de autorizaciones provisionales que no cumplen con las obligaciones en materia de transparencia.

“Genera un efecto inhibidor en los ciudadanos para solicitar la información”, añadió.

El proyecto del ministro González Alcántara Carrancá obtuvo el apoyo de ocho ministros, quienes consideraron que sí hubo afectación al derecho de acceso a la información con la reserva anticipada y generalizada de los datos de los megaproyectos de este gobierno.

En tanto, las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz votaron en contra, porque estimaron que no hubo una reserva previa de la información y que se tiene que justificar la clasificación de esta.

Además, expresaron que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) carecía de legitimación para interponer la controversia, ya que el decreto “no afecta” la estructura ni las facultades del organismo.

También votó en contra el ministro Arturo Zaldívar, quien hizo una defensa del “decretazo” y justificó que “el Ejecutivo manifestó que la intención del acuerdo no fue reservar información, sino resaltar la importancia de dichas obras”.

El ministro Javier Laynez Potisek enfatizó que es facultad de la Suprema Corte analizar los efectos jurídicos del decreto. Indicó que las implicaciones de este acuerdo son la reserva de la información y la autorización de la adjudicación directa.

El INAI promovió el 10 de diciembre de 2021 una controversia constitucional en contra de ese decreto por considerar que “vulnera el derecho a saber de la sociedad”.

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La Suprema Corte dejó para el lunes la discusión de los efectos de la declaración de invalidez del decreto, pues hubo confusión entre los ministros sobre si el decreto sería inaplicable sólo entre el INAI y el Ejecutivo federal o para toda la administración pública federal.

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