octubre 8, 2024

Juez otorga suspensión para que no pueda publicar la reforma judicial en el DOF

México – Un juez de distrito y un tribunal colegiado del estado de Colima otorgaron una suspensión provisional para que la reforma judicial que aprobó el Congreso de la Unión no sea publicada por el presidente Andrés Manuel López Obrador en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En su decisión, señalaron que no puede llevarse a cabo el tramite antes del 11 de octubre, fecha en la que se fijó la audiencia incidental en el juicio de amparo.

Esto lo determinaron los juzgadores al señalar que los legisladores no atendieran una suspensión previa que establecía que la reforma al Poder Judicial no podía discutirse ni aprobarse en el Poder Legislativo, ni ser enviada a Congresos estatales para su aprobación.

La Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. promovió un amparo indirecto en contra de la discusión, aprobación y futura publicación de la reforma judicial que fue planteada por el presidente López Obrador.

¿De qué trata la reforma al Poder Judicial?
La reforma al Poder Judicial propuesta por AMLO plantea la elección por voto popular de los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ), de un nuevo Tribunal de Disciplina Judicial y, en general, de todos los jueces de distrito y magistrados de circuito del país.

En total, mil 688 cargos se someterían a votación, de los que 21 serían a nivel nacional y el resto quedarían divididos por estados.

Además, esta propuesta prevé una reducción en la cantidad de ministros (integrantes) de la SCJN, que pasarían a ser nueve en lugar de los 11 actuales y cuyo cargo mantendrían por 12 años, tres menos que en la actualidad.

También propone sustituiría al Consejo de la Judicatura Federal (CJF), órgano de administración y vigilancia interna del Poder Judicial.

Podría recibir denuncias de cualquier persona u autoridad, e investigar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley.

Con información de: El Financiero

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